A partir del 1 de mayo de 2024, el Acuerdo Comercial entre la Unión Europea (UE) y Nueva Zelanda (NZ) entrará en vigor, marcando un hito en la colaboración económica entre ambas regiones.
Este acuerdo tiene como objetivo fundamental facilitar y liberalizar el comercio e inversión entre la UE y NZ. Una de las disposiciones clave del acuerdo es la eliminación gradual de aranceles durante los próximos siete años para las mercancías importadas en ambos territorios.
Para aprovechar las preferencias arancelarias ofrecidas por el acuerdo, se han establecido pruebas de origen válidas. Estas incluyen una comunicación sobre el origen por parte del exportador o el conocimiento por parte del importador de que el producto es originario.
Además, se han introducido nuevos documentos para respaldar las pruebas de origen, que deben declararse en el Documento Único Administrativo (DUA) para las importaciones a la UE. Estos documentos, como la Declaración de Origen (U120), la Declaración de Origen para múltiples envíos de productos idénticos (U121) y el Conocimiento por parte del importador (U122), serán fundamentales para asegurar el cumplimiento y facilitar los procesos comerciales.
¡Esperamos con entusiasmo los beneficios que este acuerdo traerá para el comercio y la colaboración entre la UE y Nueva Zelanda!