La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular ha establecido un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables que se aplicará a partir del 16 de enero de 2023.
El impuesto se aplicará en todo el territorio español. La importación de estos productos está entre los hechos imponibles establecidos en la norma, por tanto, a partir del 16 de enero de 2023 se deberá pagar el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. El tipo impositivo es 0,45 euros por kilogramo neto de plástico no reciclado.
Los productos sujetos pueden estar clasificados en cualquier capítulo del arancel, este impuesto NO se paga sobre el producto objeto de importacion sino siempre y cuando contengan envases, embalaje, medios de sujeción, de protección, de estiba – de plástico no reciclado.
En caso de que los envases de los bienes, objetos de importacion contengan plástico no reciclado, rogamos reflejen la cantidad en kilos en la factura comercial o packing list.
Lo mas sencillo y de uso común es solicitar al proveedor/shipper que añada una columna adicional al packing list, donde detalla que mercancía lleva cuantos gramos/kilos de plástico.
En en caso de que NO se contenga plástico no reciclado de ningún índole, rogamos utilicen el impreso adjunto, rellenando, firmando y sellando los campos correspondientes.
A continuación puede descargarse la Circular informativa + Declaración